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El kirchnerismo, una revolución...¿de 360°?

28 marzo de 2014

Con roles invertidos, el escenario electoral de 2015 puede parecerse al de 2003

El mismo fenómeno político que pudo captar y reflejar el regreso de los jóvenes a la militancia y de la gente a las calles, para reclamar cambios de fondo y apoyar un proyecto transformador, se ha convertido diez años después en un populismo “desde arriba” y a la defensiva, desconfiado de la participación cívica y la protesta social, a las que observa como expresiones espurias alentadas por oscuros intereses y “personeros del campo antinacional”. Renovadores de ayer y ortodoxos de ahora, los mismos que argumentaban el año pasado en favor de que la gente votara a los jueces ?recordemos que en el proyecto de reforma judicial se pretendió incluir la votación directa de los miembros del Consejo de la Magistratura, frenada entonces por un fallo de la Corte? ponen ahora el grito en el cielo por la idea de llevar a consulta popular la reforma del Código Penalpropuesta por el oficialismo. Y lo hacen en nombrede la democracia representativa ?“no se delibera ni se gobierna sino a través de los representantes”? y el puntilloso respeto por la Constitución Nacional, calificando a las críticas al citado proyecto de “demagógicas” y “oportunistas”.

Apremiado por las condiciones y exigencias de la gobernabilidad y el ciclo económico y político declinante que debe pilotear en estos últimos dos años, le toca al kirchnerismo quedar del lado de la defensa de la legitimidad de origeny el estricto respeto por la legalidad constitucional frente a las demandas insatisfechas y el reclamo social. Un ejemplo notable: para responder a la iniciativa de Sergio Massa contra los cambios propuestos por el oficialismo a la ley penal (www.noalnuevocodigopenal.org), Horacio Verbitsky rescató la reforma constitucional de 1994, que tanto criticó en su momento, y, en particular, la labor y la prédica de Raúl Alfonsín como constituyente (“Alfonsín lo sabía”, Página 12, 9/1/2014).

La participación popular para reforzar la democracia representativa fue, en efecto, una iniciativa impulsada originalmente por Alfonsín durante su presidencia, que formó parte del dictamen elaborado en 1986 por el Consejo para la Consolidación de la Democracia. Con el objetivo de “colocar las instituciones al servicio de las necesidades sociales”, el dictamen del CCD recomendaba“la incorporación en el texto constitucional, para casos específicos e importantes, de formas semidirectas como el plebiscito, el referendum, consulta e iniciativa popular”. La cuestión reapareció siete años más tarde, cuando Alfonsín y Menem pactaron en Olivos la reforma de la Constitución. Verbitsky recuerda la sesión del 26 de julio de 1994 de la Convención Constituyente en la que Alfonsín defendió la inclusión de esos mecanismos, alegando que no se trataba de suplantar la democracia representativa sino de “complementarla y perfeccionarla”, pero en forma prudente.

Alfonsín sostenía entonces que “la democracia representativa hace que el pueblo no esté sujeto a los vaivenes de la moda o de una campaña. No queremos consultas vinculadas con lo penal, porque en un arrebato de la opinión pública podemos llegar a establecer, por ejemplo, la pena de muerte por un delito. Tratada esta cuestión de manera particular por los medios de difusión, podría llevar de pronto, en una explosión de la sociedad, a tolerar o permitir una deformación de esta magnitud” . Por eso, el artículo 39 de la Constitución estableció en forma precisa que “no serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal” . La ley 24.747 que reglamentó ese artículo en 1996 reiteró esa limitación, y esta es la razón para sostener ?correctamente? que una iniciativa popular sobre la reforma del Código Penal es anticonstitucional. Lo que se omite recordar, sin embargo, es que el artículo 40 señala que el Congreso puede someter a consulta popular un proyecto de ley, sin la misma limitación que la iniciativa popular, la cual tiene origen ?como su nombre lo indica- en los propios ciudadanos.

Es para celebrar que quienes hace un año defendían una idea de “democratización de la Justicia” que relativizaba el principio de división de poderes y pretendía la elección popular de magistrados, reivindiquen ahora el estricto respeto a las normas constitucionales, la autonomía de legisladores y jueces respecto de los humores de la sociedad y el trabajo de los especialistas en derecho constitucional. Es notorio que el intendente de Tigre lanzadoa la carrera presidencial es el adversario que más teme y pone nervioso al oficialismo, acaso porque le sopla en la nuca como una suerte de Néstor Kirchner de segunda generación.

Con la audacia y el cálculo de aquel, Massaencontró la oportunidad para lanzar su consigna de campaña detrás de la principal preocupación ciudadana, la inseguridad: “Acá no discutimos un conjunto de normas, de penas (?) Es algo más importante; si vamos a vivir hacia adelante en una sociedad con premios y castigos o si da todo lo mismo (?) tenemos que pensar qué país les dejamos a sus hijos, y qué mensaje le damos a la sociedad los que tenemos una responsabilidad institucional”. En la desembocadura de este ciclo, podemos encontrarnos con un sucedáneo de aquel Kirchner que invitaba a construir “un país serio, un país normal” compitiendo con quien lo acompañó en aquella fórmula. Al final de sus doce años de epopeya puede ocurrir que el kirchnerismo haya protagonizado una revolución... de 360 grados, un destino circular que habrá de dejarnos en la misma estación de partida, al menos en términos de calidad institucional y representación democrática.

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