vie 29 Mar

BUE 21°C

Una paridad aún lejana

06 mayo de 2019

por Mara Pegoraro

Todavía se está lejos de una paridad efectiva en todas las instancias legislativas y más en el caso de los órganos de representación y de toma de decisiones

El 23 de noviembre de 2017, Argentina sanciona la Ley de Paridad de Género en ámbitos de representación política. En ella se establecen dos condiciones. La primera permite aumentar el número de mujeres en los órganos de representación porque obliga a conformar listas intercaladas. La segunda lo garantiza, en caso de renuncia, muertes, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de un/a diputado/a nacional lo/a sustituirán los/as candidatos/as de su mismo sexo.

26 años tuvieron que pasar desde la introducción del mal llamado“ cupo (techo) femenino” a la paridad en la integración. En ese lapso muchas cosas cambiaron menos la proporción de mujeres en política. Incluso, la aplicación del cupo en el Senado no se efectivizó hasta 2001 en ocasión de la primer elección directa tras la reforma constitucional de 1994.

Tampoco se modificaron o redujeron las objeciones “clásicas” a la introducción de medidas que promuevan la inclusión de mujeres en la política. Y la agenda de género todavía espera encontrar su lugar en contextos electorales.

Este año Argentina tiene un intenso calendario electoral, más allá de la intensidad que imponen las PASO y las estrategias individuales y locales de desdoblar o unificar elecciones con la elección nacional: habrá provincias en donde a lo largo del año se vote para Presidente/a, gobernador/a, diputados/as nacionales, senadores/as nacionales, diputados/as provinciales, senadores/as provinciales, intendentes/as, concejales/as. De esas 8 categorías solo en 2 está garantizada la paridad en la representación: diputados/as y senadores/as nacionales. Y de los 24 distritos solamente 14 cuentan con leyes de paridad a nivel local. Estamos lejos aún de una paridad efectiva en todas las instancias legislativas y más lejos aún de la paridad en todos los órganos de representación y de toma de decisiones.

En año electoral se sabe que lo esencial no es invisible a los ojos.Y lo esencial es cómo se componen las listas. Este año la discusión sobre la integración de las listas enfrenta lo que muchos llamarán la “restricción de la paridad”. Aparecerán los argumentos clásicos en contra de la integración de listas con mujeres a partir de una obligación legal. ¿Quiénes son? ¿Qué méritos tienen? “Con este tema de la paridad van a terminar poniendo a las hijas y entenadas, esposas, amantes, secretarias, etcétera”.

Es decir que la cuestión de género encontrará en el debate político su mayor y mejor expresión. Las mujeres debemos tener una cualidad superior y además no pertenecer a ningún núcleo familiar. Debemos ser puras y castas. Vale recordar que los hombres también son hijos, entenados, amantes y esposos y jamás muestran méritos. Pero claro el problema para integrar las listas con personas idóneas es la exigencia de género.

Las mujeres enfrentamos además de ese problema “invisible” una restricción adicional, derivada del sistema electoral, para lograr un Congreso paritario. El efecto cabeza de lista en magnitudes chicas y en especial impares. Esto es, si en un distrito de magnitud pequeña (2 a 5) todas las listas con probabilidad de ganar son encabezadas por hombres entonces habremos tenido listas paritarias pero mayoritariamente diputados de un solo género, el masculino. La probabilidad de acercar la representación efectiva a un modelo paritario depende de cuántas de las listas mayoritarias sean encabezadas por mujeres.

La ley nada dice al respecto. La distribución de magnitudes para el 2019 y los antecedentes de la elección de 2017 no son alentadores. De los 24 distritos, en 10 provincias se eligen 3 diputades, en 8 se eligen 2, en 2 distritos se eligen 4 diputades, en 1 se eligen 9 representantes y solo en tres provincias se eligen con magnitudes superiores a 10. Para la elección de 2017, de las 10 provincias con magnitud 3 solo en Jujuy, Chaco, Mendoza y Río Negro las listas que lograron colocar diputades fueron encabezadas por mujeres. De los 8 distritos donde se eligen 2 diputades, sólo la lista de Cambiemos en Corrientes fue encabezada por una mujer. Y de las provincias donde se eligen 4, solo en Santiago del Estero la lista del Frente Cívico por Santiago llevó como cabeza de lista a una candidata.

En el Senado la situación no es más alentadora. La magnitud es por definición pequeña (tres por provincia). Si en ninguno de los 8 distritos que renuevan bancas las listas mayoritarias son encabezadas por mujeres, entonces de 24 senadores apenas 8 serán, con seguridad, mujeres. El Senado conservará así el sesgo de género masculino en su conformación.

Haber conseguido la paridad para la conformación de las listas es, sin dudas, una conquista de quienes promovemos una agenda de género en y para la política. Corremos el riesgo, sin embargo, de que la agenda electoral de género se dé por saldada al tener candidatas mujeres.

Corremos el riesgo de ser reducidas a un género electoral. Y ser mujer no es per se un programa político.

En esta nota

últimas noticias

Lee también